REFORMAS
Ha llegado el momento de glosar las reformas del Gobierno y sin más dilación signifiquemos que el Estado retendrá los tributos de los municipios que no paguen las deudas.
Las tasas cedidas a los ayuntamientos rondarán los 2.300 millones en 2012. Es de resaltar, en lo que atañe a la Ley de Transparencia, que Rajoy legislará para que los gestores públicos rindan cuentas al ciudadano. Lo dijo en Oviedo: “Hay que cuidar el dinero del contribuyente”. En este sentido, resaltó la importancia de la futura ley y explicó que las administraciones gastaron 90.000 millones más de lo que ingresaron. Así pues, y como norma, se retendrá la cantidad justa para hacer frente a la amortización de las obligaciones de pago.
He aquí, pues, las claves del real decreto en cuestión:
1) Cesión de tributos: la operación de endeudamiento podrá conllevar la cesión al Estado de los derechos de la entidad local en cuanto a su participación en los tributos del Estado en la cantidad precisa para afrontar la amortización de las obligaciones de pago.
2) Prohibición de endeudarse: la generación de remanente de tesorería negativo para gastos generales en el periodo de amortización de la operación de endeudamiento impide realizar inversiones nuevas en el ejercicio siguiente financiadas con endeudamiento.
3) Obligaciones pendientes: En el supuesto de que la operación de endeudamiento se destine, total o parcialmente, a la cobertura de obligaciones que quedaron pendientes de aplicar a presupuesto, éstas deberán reconocerse en su totalidad en el presupuesto de 2012.
4): Retenciones sobre tasas: El órgano competente efectuará las retenciones que procedan con cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al cumplimiento de las demás obligaciones.
El Estado retendrá parte de los tributos cedidos a los ayuntamientos si estos no conciertan las operaciones de endeudamiento previstas para pagar a sus proveedores y en caso de que incumplan las que acuerden.
Ya ha sido publicado el real decreto que determina las obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación, en el que prevé que los acreedores que acepten una quita tengan prioridad en el cobro.
La temática estatal no acaba aquí y ha de ser objeto de otro artículo, pero la esencia de las reformas en este orden de cosas sí que están resumidas en las presentes líneas. Ahora, los Ayuntamientos no podrán llamarse a engaño.
