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Ferrol

Un juzgado ferrolano, a la espera de que De Lara se inhiba en el caso de los policías

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Tras tener conocimiento a través de los medios de comunicación de que la jueza lucense Pilar de Lara Cifuentes estaba investigando lo ocurrido en torno a la detención, por parte de la Policía Local, del testigo principal de la Pikachu –pieza coruñesa de la Pokémon–, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ferrol le solicitó que se inhibiese del asunto, ya que los hechos ocurrieron en la demarcación judicial ferrolana.
La respuesta todavía no ha llegado al juzgado de Ferrol, a pesar de que la magistrada de Lugo ya lo dio a conocer a través de una providencia fechada el pasado 28 de noviembre. En el citado documento, Pilar de Lara ordena que se deduzca testimonio de aquellos particulares que se consideren precisos para la incoación de las correspondientes diligencias previas por diversos delitos de detención ilegal, revelación del deber de guardar secreto y falsedad documental, “las cuales se inhibirán al partido judicial de Ferrol, en el que se han producido los hechos denunciados por la representación procesal del Sr. Pérez Cribeiro –el testigo de la Pikachu–. No obstante, añade que el juzgado lucense seguirá llevando los hechos en relación con un presunto delito de obstrucción a la justicia y acoso del que, según los indicios, parece haber sido objeto el testigo de la Pikachu.
Según la información recogida al respecto por este periódico, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Ferrol, Margarita de Ron Cambón, que estaba de guardia cuando se produjo la detención de Antonio Pérez Cribeiro, ya resolvió sobre este asunto en su momento procediendo al archivo de las diligencias, por entender que no existe ningún tipo de delito.
De ahí que, al enterarse de que el caso estaba siendo investigado por la jueza de la Pokémon, acordase, a petición de la Fiscalía,  solicitar la inhibición de Pilar de Lara por no tener competencia para ver unos hechos ocurridos en Ferrol.
La respuesta oficial todavía no ha llegado a Ferrol y, por lo tanto, tampoco las diligencias previas requeridas.

auto
En relación con este requirimiento, cabe señalar que, un día antes de la providencia antes señalada, en la que se recoge la remisión a Ferrol de los hechos relativos a la supuesta detención ilegal de Cribeiro, revelación del deber de guardar secreto y falsedad documental, la jueza lucence había dictado un auto precisando que “este juzgado no instruye ni investiga falta de delito alguno contra el Sr. Pérez Cribeiro, razón que por si sola ha de llevar a denegar el requerimiento de inhibición efectuado”.
En el mismo auto se añade que las diligencias que sigue el Juzgado de Lugo se refieren a diversos delitos contra la Administración Pública –cohecho, tráfico de influencias y prevaricación, entre otros– y que en el caso de Ferrol se investiga el supuesto pago de dinero al PP y al PSOE por parte de Vendex, así como las entregas que haya podido realizar este grupo al Concello.

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