
El Concello de Moeche, bajo la dirección letrada de la abogada ferrolana Enma González Álvarez, ha interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia por la que se absolvió al exalcalde de la localidad Xulio Cribeiro del delito de malversación de fondos públicos por el que fue juzgado.
En la apelación se solicita la nulidad del veredicto y la consiguiente repetición del juicio oral por quebrantamiento de las normas y garantías procesales, por entender que el juicio del jurado en virtud del cual se procedió a absolver a Cribeiro “es incongruente, además de ilógico, arbitrario y contrario al sentido común”.
En este sentido, se argumenta que la decisión adoptada por el jurado popular y ratificada en la sentencia resulta arbitraria y absurda en cuanto encierra respuestas que son incompatibles entre sí, lo que, en opinión del recurrente, acarrea que la única alternativa válidamente admisible fuera la devolución del acta del veredicto, para la emisión de uno nuevo y la subsanación de los defectos en los que se habría incurrido de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado. Así, se señala que el jurado da por probado que Xulio Cribeiro, además de repostar dos o tres veces por semana en la estación de servicio de Moeche con cargo a los fondos municipales, percibió cantidades del Concello como gastos de locomoción, en la creencia de que tal práctica era posible, aun cuando la mayoría del jurado determina que dicha equivocación podría haberse aclarado.
En el recurso se apunta que el jurado no tuvo en cuenta la forma en la que se produjo el cargo de los gastos de combustible, mediante la firma de los tickets o albaranes donde no figura la rúbrica de Cribeiro, sino una “C”. “Tal dato acreditado no se tiene en cuenta y ello determina el error de la creencia en que tal actuación carece de ánimo de lucro o de cualquier otro beneficio económico”, se apostilla.
En el escrito presentado por Enma González se señala que la eliminación del ánimo de lucro entra en conflicto con el resto de objetivos probados, de ahí que la decisión del jurado haya sido “incorrecta e irracional por cuanto contraria a la más pura lógica, máxime cuando el resto de empleados municipales siempre estampó su firma sin ningún tipo de omisión de su identidad”. Añade que carece del más mínimo sentido común que alguien que presta servicios como alcalde y que además es licenciado en Medicina carezca de los conocimientos más básicos para desconocer que no es posible cobrar dos veces por el mismo concepto, insistiendo en que si el jurado da por probada esa duplicidad y la forma de pago con letras “C” como se dijo, no se puede llegar a la conclusión de que tal actuación carece de intencionalidad y se realiza por ignorancia, en la creencia de su licitud cuando reconoce que pudo aclararse este extremo y no se hizo.






















