
El juez de lo Contencioso Administrativo de Ferrol, Cristóbal Pintado González, ha dictado una sentencia por la que desestima el recurso interpuesto por el dueño de una finca que reclama al Concello de Mugardos 17.420 euros por los perjuicios ocasionados al haberle sido denegada la licencia para construir una vivienda en dicho solar.
El recurrente contaba con un informe municipal en el que se recogía que al tratarse de suelo de núcleo rural podía construir en una superficie mínima de 600 metros cuadrados, pero cuando solicitó la oportuna licencia el terreno de que disponía se había visto reducido a 205 metros cuadrados a raíz de una expropiación de la Xunta de Galicia para la mejora de las carreteras AC-122 y AC-133.
El juez sostiene que no ha lugar a dicha reclamación patrimonial y, por lo tanto, declara la conformidad a derecho del acuerdo de la Junta de Gobierno del Concello de Mugardos de fecha 18 de febrero de 2010, por el que se desestimó la pretensión del particular.
Fundamenta su fallo en que en el momento en que el Concello denegó la licencia de obras el recurrente no estaba en posesión de derecho alguno y en que no se ha acreditado que la Administración demandada fuera conocedora en el momento de emitir el informe urbanístico sobre la parcela de que la Xunta tenía previstas actuaciones sobre la carretera colindante.
En la sentencia de Cristóbal Pintado se recoge que la demanda ahora desestimada se fundamenta en que el 11 de septiembre de 2007, el Concello de Mugardos emitió una certificación en la que informaba de que la parcela en cuestión estaba catalogada como suelo de núcleo rural, por lo que, conforme al PGOM, permitía la construcción de una vivienda unifamiliar de bajo y primera planta con una parcela mínima de 600 metros cuadrados.
El propietario presentó el 11 de marzo de 2008 una solicitud de licencia de obras, que le fue denegada por no contar con la superficie mínima exigible al haber sido expropiado parte del terreno.
En vista de la situación, el afectado reclamaba al Concello la suma de 17.420 euros, de los que 7.519 correspondían a trabajos realizados en la finca, 2.900 a honorarios por intermediación inmobiliaria, 1.044 al levantamiento topográfico, 1.740 al estudio de viabilidad y anteproyecto, 5.800 a la redacción del proyecto básico y 2.737 a gastos de notario.
El Concello mugardés solicitó la desestimación de la demanda interpuesta, en base al argumento de que la información urbanística facilitada ha sido correcta y conforme a derecho, y de que en modo alguno se le ha producido daño al propietario de la parcela, ya que dichas consultas informan sobre las condiciones de edificabilidad en función de la normativa vigente y no sobre las afecciones.




















