Prisión para un varón que entró por la fuerza en la casa de su expareja y se clavó un cuchillo
La titular del Juzgado de lo Penal 1 de Ferrol, María Jimena Couso Rancaño, acaba de dictar una sentencia por la que condena a un hombre de iniciales D.S.R. a la pena de nueve meses de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros de su exesposa y de comunicarse con ella por cualquier medio por el período de tres años, como autor de un delito de allanamiento de morada.
El día del juicio, el acusado reconoció la autoría de los hechos que se le atribuyen y que ocurrieron a primeras horas de la tarde del pasado día 2 de junio en una vivienda del término municipal de Narón.
Según se recoge en la sentencia, D.S.R. se presentó en el domicilio en el que residía su esposa, de la que está separado y en trámites de divorcio, con los dos hijos de la pareja.
Después de pulsar el timbre en reiteradas ocasiones y como consecuencia de su persistencia, su suegra bajó al portal del edificio y le comunicó que su hija no deseaba verle, a lo que el acusado contestó “eso ya lo verás”, para acto seguido darle un empujón a la puerta y subir las escaleras.
Aprovechando que su exesposa había abierto la puerta de la vivienda para ver lo que sucedía, D.S.R. accedió al interior del domicilio y, al ver que no conseguía estar con los niños, cogió un cuchillo que se encontraba en la cocina y se lo clavó a si mismo en el abdomen.
Por estos hechos, mediante un auto judicial de fecha 3 de junio de 2013, se le había prohibido cautelarmente aproximarse a menos de 300 metros de la persona, domicilio y lugar de trabajo de su exesposa.










