Desestiman el recurso de una constructora que reclamaba 15 millones de euros al Concello de Ares
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo ha desestimado el recurso interpuesto por la constructora Konkreto 2000 SL contra el rechazo de una reclamación de responsabilidad patrimonial al Concello de Ares por una actuación municipal en relación con la promoción inmobiliaria realizada por la citada firma. En concreto, la promotora reclamaba a la administración local aresana la suma de 15.729.345,35 euros y el juez sostiene que la resolución de la Xunta de Goberno de Ares desestimatoria de la reclamación es conforme a derecho.
La reclamación de Konkreto se refería a unos presuntos daños y perjuicios sufridos en la citada urbanización a consecuencia de actuaciones municipales –el Plan Xeral de Ordenación Municipal de Ares fue anulado por el Supremo, por lo que se retrasó la legalización de algunas modificaciones del proyecto– relativas a la propia promoción inmobiliaria.
En el fallo, el juez considera que todas y cada una de las acciones emprendidas por el grupo de gobierno y por el propio alcalde, vinculadas a la urbanización situada en la rotonda de entrada a la villa, están justificadas y ajustadas a derecho y, por lo tanto, no cabe indemnización alguna.
De hecho, en la sentencia se recoge que “en este caso no es objeto de discusión la existencia de divergencias entre lo proyectado y las obras que estaban en curso de ejecución, por lo que hay que apreciar la ruptura del nexo causal entre el perjuicio patrimonial relamado y la actuación municipal, al provenir dicho perjuicio de una manera principal y directa de la propia conducta del perjudicado, que voluntariamente se apartó en la ejecución de la obra de las condiciones de la licencia”.
Además, desestima la reclamación por la ausencia de antijuridicidad del acto, cuestionando que la promotora trate de fundamentar su reclamación en actos jurídicos que ya fueron resueltos conforme a derecho o están pendientes de resolución que “se deben presumir válidos”.
Por todo ello, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo también impone las costas procesales a la empresa demandante, con un límite máximo de 700 euros.






















