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Ferrol

La Audiencia absuelve al acusado de un delito de agresión sexual por falta de pruebas

La sentencia no es firma y contra la misma se podrá presentar un recurso de apelación

La Audiencia Provincial emitió veredicto el pasado mes de abril
El organismo incidió en que la absolución no es sinónimo de inocencia
AEC
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La Audiencia Provincial de A Coruña anunció esta tarde la absolución de un joven, vecino de la ciudad naval, acusado de un delito de agresión sexual por falta de pruebas. Según el escrito del organismo judicial, los hechos se remontan al mes de octubre de 2023, cuando la víctima y el encausado se encontraron en una discoteca de la ciudad naval.

La muchacha, que en aquel momento tenía 17 años, conocía “de vista” al presunto agresor y tras charlar un rato, se besaron y de mutuo acuerdo se desplazaron a un aparcamiento cercano, teniendo relaciones sexuales en un edificio abandonado. En su relato, la joven declaró que el acto en un principio fue consentido, pero que al pedir al acusado que parase, este la forzó a continuar y que, posteriormente, tras tratar de contactar con una amiga, la volvió a penetrar, en este caso analmente.

Acto seguido, la menor volvió a la discoteca, se encontró con otro amigo y trató de coger un taxi, pero al haber perdido el teléfono el taxista les solicitó que se bajasen. Finalmente, fue el padre de esta el que los recogió y poco después recuperó el móvil. La víctima, de este modo, acudió al día siguiente con su amiga al hospital, tramitando la denuncia en Comisaría poco después.

Así, si bien el escrito judicial señala que la absolución no equivale a inocencia, sí indica una falta de pruebas que evita que no quepa duda de la veracidad del relato de la víctima. En este sentido, recoge discrepancias entre los dos testimonios de la joven, el del acusado y los de los diferentes peritos, así como con las diferentes pruebas documentales. Por ejemplo, los médicos forenses del Imelga sí ven indicios de penetración anal, mientras que los médicos que evaluaron el daño corporal lo rechazan. También hay diferencias en la secuencia de acontecimientos y en lo que muestran las cámaras de seguridad de la discoteca frente al relato de la víctima. No obstante, la Audiencia reitera que la sentencia no es firme y se podrá interponer recurso.

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